¿Puedo contratar a un familiar?

¿PUEDO CONTRATAR A UN FAMILIAR?
Si el familiar no vive con el empresariado o el autónomo, hacer un contrato por cuenta ajena es obligatorio.
Desde 2017 también es posible incorporar con contrato a familiares de primer y segundo grado que vivan con el empresariado y dependan de él. Eso sí, será necesario firmar un contrato indefinido y que se cumplan los siguientes requisitos:
➡️ El familiar debe estar en paro.
➡️Que no haya habido ningún despido improcedente en los 12 meses anteriores.
➡️Que la relación laboral se prolongue durante por lo menos seis meses.
➡️En ese caso, además se podrá aplicar una bonificación del 100% en la cuota empresarial por contingencias comunes durante los primeros 12 meses.
¿Y si el familiar no es de primer o segundo grado? En ese caso se aplicará la norma general. Si por ejemplo contratas a tu primo tendrás que darle de alta en la Seguridad Social como lo harías con cualquier otro empleado.
1 Comment
  • A WordPress Commenter
    Posted at 11:18h, 01 marzo

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